Buenas a todos,
Hoy me han multado por no hacer un stop delante de una rotonda, el caso es que yo conducia mi moto y en la multa han puesto una matricula que no corresponde y en marca y modelo aparece un seat toledo 1.9 tdi, el caso es que queria saber vuestra opinion de si tengo alguna posibilidad si la recurro. Son 200 euracos y 4 puntos por un stop delante de una rotonda!!
muchas gracias por las respuestas
Multa con matricula y vehiculo incorrectos. Posible recurso?
Re: Multa con matricula y vehiculo incorrectos. Posible recurso?
Pues hombre, si no coincide la matrícula, evidentemente hay un fallo garrafal y es posible que ni te tramiten la denuncia. Tal vez te hayan dado la copia de la denuncia anterior y la tuya se haya tramitado correctamente. Espera a la notificación por correo certificado y compueba los datos y en caso de no coincidir ni matrícula ni marca y modelo, presenta un recurso en ese sentido.
Re: Multa con matricula y vehiculo incorrectos. Posible recurso?
Hola,
La cosa es que mi nombre aparece correcto y la direccion de casa tambien, por lo que llegarme a casa me llegara, entonces cuando la reciba podre recurrirla sin problemas no?
un saludo y gracias.
La cosa es que mi nombre aparece correcto y la direccion de casa tambien, por lo que llegarme a casa me llegara, entonces cuando la reciba podre recurrirla sin problemas no?
un saludo y gracias.
Re: Multa con matricula y vehiculo incorrectos. Posible recurso?
Yo creo que no te va a llegar ninguna notificación a casa, ya que la ley 18/1989 de 25 de julio, boe 178, indica en su artículo 73:
Art 73: INCOACIÓN.:
2.- No obstante, la denuncia formulada por los Agentes de la autoridad encargados de la vigilancia del tráfico Y NOTIFICADA EN EL ACTO al denunciado, constituye el acto de iniciación del procedimiento sancionador, a todos los efectos.
ART 77 PRÁCTICA DE LA NOTIFICACIÓN DE LAS DENUNCIAS:
1.- Las adnministraciones con competencias sancionadoras en materia de tráfico NOTIFICARÁN LAS DENUNCIAS QUEN O SE ENTREGUEN EN EL ACTO y las demás notificaciones a que de lugar el procedimiento sancionador en la Dirección Electrónica Vial.
Según esto, yo entiendo que, al notificarte en el acto, se inicia el procedimiento sancionador, ya que el denunciado tiene, supuestamente, conocimiento de esa denuncia, así como del Nº de expediente, importe y los correspondientes plazos legales que tiene para recurrir ó abonar la sanción para beneficiarse del descuento y como hacerlo, por lo que no tendría sentido que se entregue una notificación al denunciado, comiencen a correr los plazos y un mes despues, le notifiquen en su casa una sanción que, en teoría, ya no puede abonasr con el descuento o recurrir. Respecto a lo de la matrícula, puede ser base para un recurso, pero al tratarse de una infracción cuyo responsable es el conductor y este, se encuentra perfectamente identificado, no creo que ese "detalle" importe mucho a la administración correspondiente, a la vez que ese fallo puede ser facilmente solucionado por el denunciante, poniendo la matrícula correcta en la denuncia que tramite. Un saludo.
Art 73: INCOACIÓN.:
2.- No obstante, la denuncia formulada por los Agentes de la autoridad encargados de la vigilancia del tráfico Y NOTIFICADA EN EL ACTO al denunciado, constituye el acto de iniciación del procedimiento sancionador, a todos los efectos.
ART 77 PRÁCTICA DE LA NOTIFICACIÓN DE LAS DENUNCIAS:
1.- Las adnministraciones con competencias sancionadoras en materia de tráfico NOTIFICARÁN LAS DENUNCIAS QUEN O SE ENTREGUEN EN EL ACTO y las demás notificaciones a que de lugar el procedimiento sancionador en la Dirección Electrónica Vial.
Según esto, yo entiendo que, al notificarte en el acto, se inicia el procedimiento sancionador, ya que el denunciado tiene, supuestamente, conocimiento de esa denuncia, así como del Nº de expediente, importe y los correspondientes plazos legales que tiene para recurrir ó abonar la sanción para beneficiarse del descuento y como hacerlo, por lo que no tendría sentido que se entregue una notificación al denunciado, comiencen a correr los plazos y un mes despues, le notifiquen en su casa una sanción que, en teoría, ya no puede abonasr con el descuento o recurrir. Respecto a lo de la matrícula, puede ser base para un recurso, pero al tratarse de una infracción cuyo responsable es el conductor y este, se encuentra perfectamente identificado, no creo que ese "detalle" importe mucho a la administración correspondiente, a la vez que ese fallo puede ser facilmente solucionado por el denunciante, poniendo la matrícula correcta en la denuncia que tramite. Un saludo.
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