Ver si este disco es correcto

Todo tipo de sanciones relacionadas con el tacógrafo.
manano
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Ver si este disco es correcto

Mensajepor manano » Sab Ene 22, 2011 10:47 pm

Empiezo a conducir a las 14,20 y realizo conduccion hasta las 15,10,dejo el disco insertado y empiezo a conducir a las 6 horas ,conduzco hasta las 9 horas,hago 45 minutos y conduzco 2 horas,son las 11,45 horas.Realizo descanso de 3 horas,pero a las 14,20 saco el disco y lo cierro ya que hace las 24 horas y pongo otro disco y como he dicho despues del descanso de las tres horas conduzco 30 minutos y descanso 3 horas(18,15 horas)y ahora realizo 3 horas de conduccion descanso 45 minutos y realizo 2 horas de conduccion y llego a destino a las 24 horas y cierro el disco. Si miro el primer disco en las 24 horas figuran 9 horas inimterrumpidas y en el segundo tambien ya que aunque cierre el disco para volver a empezar a conducir necesito 9 horas de descanso.Esto que expongo seria correcto?Saludos

FERMINEITOR

Re: Ver si este disco es correcto

Mensajepor FERMINEITOR » Lun Ene 24, 2011 12:39 am

LAMENTO DECIRTELO PERO COMETES DOS INFRACCIONES.
Los 50 minutos que haces desde las 14:20 h. hasta las 15:10 h, no sirven para nada, sino para liarla. Como despues de esta conduccion haces un periodo de descanso de 14 h y 50 minutos, ese periodo es considerado como DESCANSO, y por tanto los referidos 50 min. quedan atras y sin utilidad.
Tu nueva JORNADA DE TRABAJO, comienza una vez finalizado ese descanso, y por tanto comienza a las 06:00 h. aunque está siendo grabada en el disco que habias metido el dia antes, pero eso no quiere decir nada, esto no se cuenta por discos, sino por inicios y finales en relacion a los descansos.
Como hemos dicho, comienza tu jornada alas 06:00 h. y cuando te detienes para descansar a las 24 h. de ese dia ya habias hecho un total de 3h+2h+30min+3h+2h= 10 horas y 30 minutos. Lo cual supone una INFRACCION LEVE, por exceso de conduccion diaria, luego veremos si sobre un periodo de 9 h o sobre 10 h., todo depende del resto de jornadas de esa semana...
El mayor problema que se suscita es que tambien cometes infraccion por falta de descanso diario, reglamentario. El descanso diario debe de tomarse dentro de las 24 h. siguientes al comienzo de la jornada, lo cual hace que si comienzas a las 06:00 h, deberias de haber detenido tu conduccion a las 21:00, para que te hubieran restado un minimo de 9 h, ininterrumpidas hasta las 06:00, de ya el dia siguiente...De nada te sirve detenerte a las 24 h. y estar DOS dias de descanso semanal, lo que se computa como periodo de descanso DIARIO, es el que va desde el momento dela parada, las 24:00 h, hasta las 06:00, lo cual nos da un total de unicamente 06:00 de descanso. Como te digo no se computa la totalidad de lo descansado, sino lo descansado desde la paradahasta que se cumplen las 24 h. del comienzo.
La jornada si que queda finalizada, pero el descanso diario, es antireglamentario.
Espero que se entienda, no debes pensar en discos, piensa en cuando inicias y cuando finalizas. Los 50 min, del primer disco, una vez que haces el descanso, no sirven para nada, habia sido mejor cambiar el disco, seguramente no te liarias tanto.
A mis amigos, les aconsejo, que sea la hora que sea, para no liarse, en lugar de llevar jornadas de trabajo en varios discos, lo que tienen que hacer es usar un disco por cada jornada, para lo cual lo mejor es cambiarlo una vez hecho el descanso, y cada vez que se comience nueva jornada, y de este modo, cuando se los requieran los entregará de forma que es bastante mas facil de interpretar.

manano
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Re: Ver si este disco es correcto

Mensajepor manano » Lun Ene 24, 2011 1:28 pm

Muchas gracias Fermineitor por la aclaracion.Saludos

Tráfico

Re: Ver si este disco es correcto

Mensajepor Tráfico » Mar Feb 01, 2011 11:49 am

Hola Fermineitor:
Desde mi humilde opinión y según las horas de conducción: 3h+2h+30 minutos+3h+2h= 10 horas y 30 minutos. Se trataría de una infracción Leve, sancionada con 301 € e inmovilización si la distancia a destino es superior a 30 kilómetros, siempre y cuando referida a una conducción diaria de 10 horas. Si a lo largo de la semana ya hubiera realizado dos conducciones diarias de 10 horas, esta conducción diaria que estamos tratando sería de 9 horas como máximo, infracción Grave, sancionada con 400 € e inmovilización si la distancia a destino es superior a 30 kilómetros.
Desde las 15'10 hasta las 06'00 horas ya ha realizado el descanso diario ordinario superior a 11 horas, en este caso 14 horas y 50 minutos, referida a la conducción diaria y comienza una nueva jornada de conducción diaria a las 06'00 horas. Por lo tanto no observo ninguna nueva infracción.
En el primer disco según Manano "figuran 9 horas inimterrumpidas y en el segundo tambien", en la primera conducción diaria solo menciona una conducción de 14' 20 a 15'10 horas y no se puede saber el total de la conducción. En la segunda conducción diaria realiza las 10 horas y 30 minutos, que hemos mencionado antes pero no ininterrumpidas, ya que respeta las pausas reglamentarias. Si condujera ininterrumpidamente se trataría de una infracción Muy Grave con una sanción que va desde 3.301 € a 4.600 € e inmovilización del vehículo.
Estoy deacuerdo que lo mas recomendable sería utilizar un solo disco por cada jornada de trabajo y de esa forma no sería tan lioso.
Me gustaría que me contestaras, por si me he equivocado en algo y gracias por dedicar tu tiempo para que el transporte por carretera sea mas comprensible para todos.
Un saludo.

FERMINEITOR

Re: Ver si este disco es correcto

Mensajepor FERMINEITOR » Mié Feb 02, 2011 1:18 am

Comete DOS infracciones: La primera por que hace una conduccion diaria de 10 h.y 30 min. y la segunda por que hace un descano diario de 6 h.
El descanso diario, es el comprendido entre la parada y el momento en que se cumplen las 24 h. del comienzo. Como inicia la jornada a las 06:00 h, y la conduccion la finaliza a las 24:00, el descanso que se computa es de tan solo 6 h.
Ahora bien, como son dos infracciones coincidentes en una misma jornada de trabajo, se debe de confeccionar un unico boletin, por aquella que sea la mas grave, que salvo que me equivoque, porque lo digo de memoria, es la del descanso, y por tanto el boletin que se debe de cursar administrativamente es el de la infraccion por falta de descanso diario reglamentario.

ar

Re: Ver si este disco es correcto

Mensajepor ar » Mié Feb 02, 2011 8:04 pm

Estoy de acuerdo con Fermin. Además se debe aplicar la prelación de infracciones. Ya habló como un guardia de transportes, tengo que dejar de leer tanto. ( no quiero decir que sea malo serlo, que la guardia civil es un cuerpo muy peculiar y singular que funciona a pesar de los mandos, eso lo dice mi primo que es de transportes y guardia civil, no me golpees mucho Fermin)

TRAFICO

Re: Ver si este disco es correcto

Mensajepor TRAFICO » Mié Feb 02, 2011 10:41 pm

Fermineitor gracias por la aclaración, ahora me he dado cuenta de la infracción por falta de descanso diario.


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