Multa exceso velocidad.

Todas aquellas denuncias por exceso de velocidad. Graves o muy Graves.
Rotio

Multa exceso velocidad.

Mensajepor Rotio » Sab Nov 03, 2007 6:45 am

Hola a todos, ayer día 2 de Novbre. una pareja de GC de tráfico me pararon para indicarme que me denunciaban por exceso de velocidad. Yo soy de los conductores a los que adelenta todo el mundo incluso los vehículos de pequeña cilindrada. Con esto no quiero decir que en este caso hubiera sobrepasado el límite de velocidad.
La placa con el limite de 60 estaba colocada en una carretera secundaria donde existe poca circulación, a campo abierto, donde no pones en riesgo la vida de nadie pero claro tienen situado estrategicamente un vehículo con radar para "cazar" a los incautos como yo.
Mi pregunta es la siguiente; si pido a la DGT que me envíen la foto o datos de la situación del cinemometro, homologación etc. pierdo el derecho a la reducción del 30% (la multa es de 380 €) y me cuesta trabajo creer que fuera a 108 km/hora como me ponen en la denuncia.
Saludos y espero me aclareis algo.

Invitado

Mensajepor Invitado » Sab Nov 03, 2007 2:16 pm

Si te acojes a pedir pruebas pierdes la posibilidad del -30%

rotio

sobre solicitar fotos exceso velocidad

Mensajepor rotio » Dom Nov 04, 2007 9:40 am

Anonymous escribió:Si te acojes a pedir pruebas pierdes la posibilidad del -30%


En primer lugar gracias por haber contestado. En la denuncia pone al reverso:"el pago con descuento implica la renuncia a formular alegaciones y la terminacion del procedimiento....."

Si solicito solamente la foto que para mí sería determinante, no estoy haciendo ninguna alegación, la alegación vendría si existiera alguna contradiccion entre lo denunciado y los datos de la foto, yo lo veo así, pero no entiendo de derecho y después las codas no son como uno piensa. Saludos.

Invitado

Re: sobre solicitar fotos exceso velocidad

Mensajepor Invitado » Lun Nov 05, 2007 10:43 pm

rotio escribió:
Anonymous escribió:Si te acojes a pedir pruebas pierdes la posibilidad del -30%


En primer lugar gracias por haber contestado. En la denuncia pone al reverso:"el pago con descuento implica la renuncia a formular alegaciones y la terminacion del procedimiento....."

Si solicito solamente la foto que para mí sería determinante, no estoy haciendo ninguna alegación, la alegación vendría si existiera alguna contradiccion entre lo denunciado y los datos de la foto, yo lo veo así, pero no entiendo de derecho y después las codas no son como uno piensa. Saludos.


Perdon pense q ya habias recibido la foto,te la tienen q enviar y si luego reclamas es cuando no obtienes el -30% lo siento!!!!!!

favg

Mensajepor favg » Sab Nov 10, 2007 6:42 pm

Estimado Sr.

La bonificación del 30% por pronto pago se pierde si no se abona anticipadamente la sanción en los 30 días siguientes a la notificación de la denuncia. Como a Vd. se la notificaron en el momento, dicho plazo comienza a computarse desde entonces, al margen de que se le remita o no la fotografía, por lo que, de dejar transcurir dicho plazo, perderá la reducción.

Presente alegaciones y proponga pruebas (en los 15 días hábiles siguientes a la notificación de la denuncia) por muchas razones:

1ª.- El alargamiento del procedimiento administrativo con las alegaciones, pruebas y recursos posteriores, puede implicar que durante el mismo la Administración incurra en caducidad del procedimiento (si dura más de 1 año desde la notificación de la denuncia sin que se notifique la resolución, el procedimiento caduca y se archiva), prescripción de la infracción o vicios de nulidad del procedimiento (el más habitual últimamente es que, una vez presentadas las alegaciones y propuesta la prueba que se quiere practicar, la Administración pase directamente a dictar propuesta de resolución o incluso resolución definitiva sin hacer mención a las alegaciones presentadas y/o sin manifestarse expresamente sobre la admisión o no de las pruebas propuestas y/o sin motivar suficientemente el motivo de denegar las pruebas propuestas).

2ª.- Sólo así tendrá la certeza de que le remitan las fotografías y el certificado de verificación periódica del cinemómetro empleado, pues si se solicitan dichas pruebas, se las deben admitir.

3ª.- No hacer nada o pagar anticipadamente con la bonificación del 30% supone muchas veces pagar más dinero de lo que se debería y, lo que puede ser incluso más importante, con la pérdida de los puntos propuestos, sobre todo si se tiene en cuenta que solamente hay 12 puntos disponibles y que si el titular del permiso se queda sin puntos pierde el permiso sin posibilidad de obtener uno nuevo hasta transcurridos 6 meses (3 meses para conductores profesionales) o 12 meses (6 meses para conductores profesionales) la segunda vez, para lo cual se deberán abonar, realizar y superar los correspondientes cursos de hasta 30 horas de duración.

Para cualquier sugerencia o aclaración, puede visitarnos en www . +++++PUBLICIDAD NO ACEPTADA+++++++ . com

Un Saludo.

F.A.V.G.
www . +++++PUBLICIDAD NO ACEPTADA+++++++ . com


Volver a “Multas de exceso de velocidad”

¿Quién está conectado?

Usuarios navegando por este Foro: No hay usuarios registrados visitando el Foro y 2 invitados