Mover el vehiculo

Todo tipo de sanciones relacionadas con el tacógrafo.
jolu
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Mover el vehiculo

Mensajepor jolu » Sab Oct 25, 2014 12:16 pm

Buenos dias:

Mi pregunta es la siguiente; ¿ que infracción sería, si he dejado mi tarjeta introducida en el tacógrafo y por la noche me mueven el camión ? ¿ interrupción del descanso ? y si no dejo la tarjeta , la infración sería ¿conducir sin tarjeta ? o ¿ no justificar esos Kms?.

Un saludo Jolu

HOLA HOLITA
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Re: Mover el vehiculo

Mensajepor HOLA HOLITA » Sab Oct 25, 2014 6:59 pm

Si te lo mueven y te lo dejan en "otros trabajos" no habría el descanso diario correspondiente y dependiendo de las horas podría llegar a ser la infracción de 2.001 euros. Si te lo mueven sin tarjeta sería más tolerable ya que en principio las conducciones dentro de un campa que no sean en carretera están exentas y Transportes las suele tolerar. Como regla general suele tolerar unos 15 minutos diarios si tarjeta.

Saluditos...

lucio
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Re: Mover el vehiculo

Mensajepor lucio » Mié Oct 29, 2014 6:43 pm

Hola Holita en que exención podemos incluir lo de mover el vehiculo, en una nave,en un garaje o como dices tú en una campa fuera de la carretera,lo de los 15minutos que se permitía en España yo no se si se le puede seguir haciendo caso a esa instrucción.El otro día se lo pregunté a un agente de trafico y me dijo que en una nave de la empresa por ejemplo para mantenimiento del vehículo que si se podía sacando la tarjeta y que otra persona lo podía mover por ejemplo el mecanico de la empresa pero yo no me fio mucho porque en la exencion o) dice transporte relizado por vehiculos EXCLUSIVAMENTE DEDICADOS a la prestacion de servicios que se desarrollen INTEGRAMENTE en recintos cerrados tales como....... no se en la g) vehiculos que se sometan a pruebas en carretera con fines de mejora técnica,REPARACIÓN O CONSERVACIÓN.
Un saludo

HOLA HOLITA
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Re: Mover el vehiculo

Mensajepor HOLA HOLITA » Mié Nov 05, 2014 10:27 am

No me refiero a ninguna instrucción sino al propio Reglamento que lo excluye de su ámbito de aplicación ya que en su artículo 2 dice " El presente Reglamento se aplicará al transporte por carretera y define transporte por carretera como "todo desplazamiento realizado total o parcialmente por una carretera abierta al público
de un vehículo, vacío o con carga, destinado al transporte de viajeros o de mercancías".

Por lo tanto todo movimiento dentro de una campa que no sea la carga o descarga y que no forme parte del transporte está exento ya que no entra en el ámbito de aplicación aunque te recuerdo que estas conducciones exentas hay que registrarlas como otros trabajos. También los movimientos en un taller por el personal del mismo están exentos por el apartado g) del reglamento que mencionas aunque para demostrarlo conviene que el taller te emita un certificado o bien tickets sellado con indicación de los movimientos realizados.

Un saludito...

lucio
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Re: Mover el vehiculo

Mensajepor lucio » Jue Nov 06, 2014 10:25 am

Buenos días hola holita :
Conozco esa definición y por eso no lo tengo tan claro según esa definición dice total o PARCIALMENTE por una vía pública por lo tanto si yo hago una conducción aunque sea pequeña por una vía publica y luego hago conducciones en una campa, garaje o nave entiendo que no me puedo coger a esa exención. Si yo soy conductor de un autocar y vengo de hacer un viaje y llego a la nave entiendo que si muevo el autocar dentro de la nave o campa para lavarlo por ejemplo aunque no sea una vía pública no lo puedo hacer sin tarjeta ni tampoco ponerlo en out porque no puedo acoger a la exención que hablamos y si lo hace otra persona como no sale del recinto cerrado que puede tener una empresa pues entiendo que si se podría aunque no se si sería fácil justificar los kilómetros que faltan.

HOLA HOLITA
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Re: Mover el vehiculo

Mensajepor HOLA HOLITA » Jue Nov 06, 2014 6:58 pm

Si es para limpiar el camión y lo haces tú estaría exento ya que no forma parte del transporte ese movimiento pero lo tendrías que marcar en tu tarjeta o disco como otro trabajo. Si esa conducción la hace otra persona que no es conductor estaría exento totalmente y no tendría que marcar nada, solo quedaría una conducción sin tarjeta en el tacógrafo de pocos minutos y unos pocos kilómetros recorridos que Transporte permite ya que la ley también lo hace aunque claro está que siempre puede haber algún problema de interpretación y tener que estar recurriendo y demostrándolo.

Un saludito...

lucio
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Re: Mover el vehiculo

Mensajepor lucio » Jue Nov 13, 2014 5:19 pm

Buenas:
La verdad es que tardé en contestar, porque le mandé un correo a Fomento haciendole esa consulta pero como no me contestó, así que sigo sin tenerlo claro de entrada darte las gracias hola holita por tú respuesta no obstante con respecto a que el conductor pueda mover el vehículo no lo tengo tan claro y te envito a que mires en la guia interpretativa de la union europea en su art 4 dice a) Los Estados miembros deben definir las carreteras abiertas al público. Un trayecto (en este
caso) comienza cuando un conductor se hace cargo del vehículo y finaliza cuando deja de
hacerse cargo del mismo o cuando se toma un período de descanso preceptivo. En tal caso,
un trayecto puede incluir numerosos trayectos breves. Esta definición, de hecho, provoca que
el ámbito de aplicación del Reglamento abarque la conducción fuera de carretera (p. ej. en
propiedades privadas) cuando forma parte de un trayecto que incluye asimismo un trayecto
por vías públicas durante un período diario de conducción. La duda es que si el trayecto que muevo el vehiculo para hacer el lavado como forma parte de otros trayectos donde si lo hice en la vía pública y aun sigo dentro de la misma jornada es decir sigo a cargo del vehiculo y no comienzo mi descanso preceptivo yo pienso que no puedo sacar la tarjeta mover el vehiculo y luego volverla insertar .
un saludo

GPS
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Re: Mover el vehiculo

Mensajepor GPS » Lun Nov 17, 2014 10:07 am

Cuando dejas el camión en campa de empresa y te vas a tu casa , lo mejor es sacar la tarjeta, que cuando lo coges tiene viaje sin tarjeta, pues... no es tu problema, tu en la tarjeta tienes descanso si así se lo has dicho al tacógrafo mediante entradas manuales que desde que sacaste la tarjeta has estado en descanso, y si nos tendrás el signo ''?'' que también te vale como descanso. Como mucho puede ser un problema de la empresa , pero ne se suelen meter con las pequeñas conducciones sin tarjeta a baja velocidad.


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