Comienzo jornada tacografo digital

Todo tipo de sanciones relacionadas con el tacógrafo.
Juanico

Comienzo jornada tacografo digital

Mensajepor Juanico » Dom Dic 01, 2013 7:56 pm

Buenas, cuando comienzas jornada despues del descanso semanal o diario he encontrado gente que comienza dando si a entrada adicional y otros dando no a entrada adicional, es correcto de las dos formas?, hay quien dice que las etradas adicicionales son solo cuando cambias de camion, podeis aclararme si las dos formas son correctas para comenzar jornada

Manolin

Re: Comienzo jornada tacografo digital

Mensajepor Manolin » Lun Dic 02, 2013 12:28 pm

Buenos dias
Respecto a tu pregunta hacemos referencia a al articulo 15 Rº (CEE) nº 3821/85 que en su articulo 15 dice:

...Estas anotaciones(o entradas manuales) serán obligatorias si el alejamiento del vehículo se produce durante el periodo de trabajo del conductor.

Y según la Instrucción 01/2012 sobre tacografo y tiempos de conducción y descanso de Fomento:

.....no será necesario que registren los descansos que delimitan dichos períodos de trabajo diarios, ya sean descansos diarios o semanales.

En consecuencia no se puede exigir a los conductores que demuestren en carretera que han realizado el descanso diario o semanal a través de discos diagrama o
anotaciones en la tarjeta de conductor del tacógrafo digital.

Por lo cual si lo haces mejor , pero si no haces las entradas manuales, pero los tiempos indeterminados tienen que corresponder con los tiempos de descanso diario o semanal.

Un saludo

HOLA HOLITA
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Re: Comienzo jornada tacografo digital

Mensajepor HOLA HOLITA » Lun Dic 02, 2013 6:23 pm

Solamente puntualizar una cosa, los descansos diarios y semanales no hace falta registrarlos hasta un máximo de cuatro días seguidos. Por tanto si solo cojes digital te recomiendo decirle siempre que si y hacer las entradas manuales SIEMPRE, y si tienes también analógicos decirle SIEMPRE que no y si hay mas de cuatro días de inactividad entre digitales y analógicos hacer el certificado de actividades.

Saluditos....

Manolin

Re: Comienzo jornada tacografo digital

Mensajepor Manolin » Mar Dic 03, 2013 10:06 am

OK perfecta la puntualizacion de Hola Holita.
Muchas gracias.
Saludos

carretero

Re: Comienzo jornada tacografo digital

Mensajepor carretero » Mar Dic 03, 2013 9:10 pm

Buenas noches!!
Cuando hablais de que el certificado de actividades no es obligatorio rellenarlo hasta que no estes parado 4 dias, ¿de donde sacais la informacion?
En las notas orientativas de fomento dice que no sera obligatorio rellenar este formulario en los periodos de descanso ordinarios diarios o semanales, y yo pienso que cuando habla de ordinarios se refiere a las 45 horas que es el periodo minimo de descanso semanal para que no se considere reducido. Todo lo que sea pasar de esas 45 horas de descanso pienso que nos podrian sancionar si quisiesen, aunque por lo que leo en España de momento no estan sancionando.
Por otro lado tambien he leido una carta de la agrupacion de trafico de la guardia civil, publicada el 20 de mayo de 2010, que nos intenta aclarar la utilizacion de este certificado y yo pienso que todavia lo lia mas, el texto en concreto dice: "En ningun caso, en los descansos semanales de hasta 4 dias inclusive, DEBIDAMENTE REGISTRADOS POR EL TACOGRAFO se exigira el certificado de actividades. No obstante, a partir de estos 4 dias,el conductor podra VOLUNTARIAMENTE aportar este marcando la casilla numero 16 del mismo si no se hubiese registrado tal periodo en el tacografo"

Y yo pregunto, y si esos 4 dias no estan registrados por el tacografo,¿si que seria obligatorio rellenar el certificado?
Y tambien me pregunto,y si ese periodo de tiempo ya esta registrado por el tacografo, ¿para que voy a rellenar un certificado de actividades?

Como veis no lo tengo nada claro por eso pregunto de donde sacais la informacion de que no hay que rellenarlo hasta que no estes 4 dias sin actividades por si existe algun documento oficial que yo no conozca, muchas gracias
Un saludo

HOLA HOLITA
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Re: Comienzo jornada tacografo digital

Mensajepor HOLA HOLITA » Mié Dic 04, 2013 10:11 pm

Es ese documento que mencionas al que nos basamos para decir que permiten 4 días al igual que los comentarios entre agentes y conductores y a que no he visto sanciones de menos de esos cuatro días. Pero efectivamente el documento no está colgado en fomento.es y es un poco contradictorio en justamente lo que comentas. Por tanto, aunque hasta el momento lo permiten no está de más hacerlo a las 45 horas....ante la duda.....

Saluditossss....


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