CERTIFICADO VACACIONES

Todo tipo de sanciones relacionadas con el tacógrafo.
JUAN SIFO

CERTIFICADO VACACIONES

Mensajepor JUAN SIFO » Sab Sep 01, 2012 7:49 am

E estado de vacaciones y me incorporo la semana que viene al trabajo , soy autonomo en una cooperativa de transporte y el ultimo dia que trabaje deje el disco dentro el tacografo osea lleva el disco 16 dias dentro , e pedido un justificante a la cooperativa y me dice que tenfria que haber quitado el disco el dia que termine al final de la jornada y asi me haria el justificante , pero al llevar el disco dutante 29 dias no me lo puede hacer sin embargo hay otras cooperativas que dicen que es todo lo contrario . Quisiera saber si hay alguien que sepa realmente lo que dice el codigo de circulacion y que tendria que haber echo y el tipo de sanciones si es sancionable, pues mi disco se puede demostrar que a estado dando vueltas y no e meneado el camion desde el dia que lo aparque , gracias







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HOLA HOLITA
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Re: CERTIFICADO VACACIONES

Mensajepor HOLA HOLITA » Mié Sep 05, 2012 5:38 pm

Buenas, en mi opinión lo deberías quitar al finalizar la jornada o cuando pasen las 24 horas del disco según marca la ley aunque se oye que se suele permitir que marque varios dias el descanso pero yo veo que te pueden sancionar por intentar ocultar algo y además creo que no hay nada escrito sobre este criterio. Por lo tanto yo haría el certificado de actividades.

Saluditoss.....

JUAN SIFO

Re: CERTIFICADO VACACIONES

Mensajepor JUAN SIFO » Mié Sep 12, 2012 9:11 pm

Es lo mismo el certificado de vacaciones que el de actividades

FERMINEITOR

Re: CERTIFICADO VACACIONES

Mensajepor FERMINEITOR » Jue Sep 13, 2012 9:02 pm

El Certificado de Actividades, es aquel documento que te puedes descargar de la pagina del Ministerio de Fomento o de la pagina de la Comision Europea, mediante el cual puedes justificar diversas actividades o inactividades, depende, entre las que están aquellos periodos de VACACIONES.
No hay un certificado de vacaciones, sino un certificado de actividades que justifica un maximo de 6 supuestos distintos, y uno de ellos es los periodos de vacaciones.

HOLA HOLITA
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Re: CERTIFICADO VACACIONES

Mensajepor HOLA HOLITA » Vie Sep 14, 2012 5:20 pm

Fermineitor, cuando dices "diversas actividades o inactividades, depende" ¿ a que te refieres, a que también habría que certificar actividades registradas en el tacógrafo como las vacaciones debidamente registradas en el mismo como descanso o bien a otra cosa ?

Saluditos....

FERMINEITOR

Re: CERTIFICADO VACACIONES

Mensajepor FERMINEITOR » Mar Sep 18, 2012 1:35 pm

Cuando me refiero a "diversas actividades", es por que de los seis supuestos que vienen en el Certificado, no todos son vacaciones o bajas, que se pueden considerar como inactividades puras y duras. Yo considero como "diversas actividades", los periodos de DISPONIBILIDAD, los periodos de CONDUCCIONES EXENTAS del 561/06 (considerados como OTROS TRABAJOS), los periodos de PERMISO o DESCANSO, empleados por ejemplo en cursos de formacion, y por ultimo los periodos de TRABAJOS DISTINTOS A LA CONDUCCION.
Esas seis "actividades", no se pueden consierar como inactividades PURAS, o yo al menos asi las entiendo, aunque en el fondo son todas iguales, a eso me referia no a otra cosa.
Y por supuesto, todo aquello que sea suficientemetne justificado con el aparato de control no está sujeto a la obligacion del Certificado de Actividades, porque ya se consiera probado o justificado.

Goolum

Re: CERTIFICADO VACACIONES

Mensajepor Goolum » Mar Sep 18, 2012 3:00 pm

Buenas a todos.
En respuesta a la pregunta planteada por Juan Sifo, aunque creo que ya está aclarado por Fermineitor, decirte que en el caso que expones, no sería necesario presentar el Certificado de Actividades, ya que con el disco-diagrama dentro del tacógrafo durante todo el periodo de inactividad queda debidamente acreditada la actividad realizada por el vehículo. Por lo tanto NO es necesario el Certificado.-

HOLA HOLITA
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Re: CERTIFICADO VACACIONES

Mensajepor HOLA HOLITA » Mié Sep 19, 2012 5:28 pm

Gracias Fermineitor, aclarado por tanto..... respecto a lo apuntado por Goolum reafirmarme en lo dicho, ya que Fomento en sus escritos apunta a que hay que cambiar los discos al finalizar la jornada o cuando pasen las 24 horas del disco a mi entender la opción de dejar el disco varios dias no valdría, otra cosa es que lo permitan pero yo no me atrevo a confirmarlo.

Saluditos....


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