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retirado carnet por lo penal ¿tengo que examinarme?

Publicado: Jue Nov 28, 2013 7:50 pm
por benpas74
Buenos días mi consulta es la siguiente:
el 28 de marzo pararon a mi marido en un control de alcoholemia rutinario dio positivo con 0.8 por aire expirado,paralizaron el coche hasta que yo fuera a por el y al día siguiente tuvo juicio rápido.Le condenaron a 8 meses de retirada del carnet ,que entrego en el momento en el juzgado, y a 480 euros de multa.Hasta ahí todo claro pero mi duda surge sobre si tiene que hacer el famoso curso.Tiene todos los puntos 15,era la primera vez que le ocurría y no ha legado nada de la DGT con respecto al curso.Hoy han llamado del juzgado para que pase a recoger el carnet.¿Puede conducir o tiene que hacer el cursillo?
El delito juzgado es contra la seguridad vial por si sirve de algo.
Gracias de antemano por las respuestas.

Re: retirado carnet por lo penal ¿tengo que examinarme?

Publicado: Sab Nov 30, 2013 9:30 pm
por bombom
Hola que tal?

Debe siempre diferenciar lo que es por vía penal y lo que va por vía administrativa. La sentencia de la vía penal en ningún caso le restó ningún punto por ello debe tener lo 15 puntos intactos y puede conducir. Te sugiero que de todas formas que revises en la web de la dgt www.dgt.es el total de puntos que tiene, con el carne de conducir tardarás 1 minuto. Podrás comprobar que los tiene todos.

Saludos.