Moto aparcada en via publica sin seguro

Todas la dudas que tengáis sobre este tipo multas.
pepetrueno
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Moto aparcada en via publica sin seguro

Mensajepor pepetrueno » Mar Jun 15, 2010 10:52 am

Hola,
Me han puesto una denuncia por tener una moto aparcada en la via publica sin seguro.

El articulo al que hace referencia es el 2.1 (norma infringida RGV). La cuestion es que el importe que pone es de 1250 € (625 reducido). Es correcto ? (El importe lo ha puesto el agente, y aun no me ha llegado la notificacion) segun la tabla (guia codificada) que he podido descargar de:

http://fboiso.blogspot.com/2010/04/nuev ... -2010.html

(por cierto, esta guia estaba disponible hasta ayer en la web de la dgt , pero hoy trate de entrar y esta protegida por contraseña) en --> Tramites y Multas : Jefatura Virtual-->Permiso por puntos-->Información para otras administraciones con competencias en materia de tráfico)

Carecer del seguro obligatorio el vehículo
reseñado para cuya conducción
se exige el permiso de las clases A2,
A1 ó A. --> 700 multa/350 importe reducido

Ahora bien, el tema es que si recurro ya no tendre derecho a pagar el importe reducido con lo cual de todas todas me sale mas a cuenta pagar la mitad de los 1250€ ahora



Opiniones ?

loiss

Re: Moto aparcada en via publica sin seguro

Mensajepor loiss » Mar Jun 15, 2010 4:48 pm

Si no puedes demostrar que en el momento de la denuncia, tu motocicleta tenía seguro, yo pagaría, pero hay dos "pequeños" inconvenientes:
1.- Si pagas, pierdes el derecho a recurrir.
2.- Las infracciones por carecer de seguro, en principio, NO tienen descuento de ningún tipo.
La única excepción al segundo punto sería si no te han denunciado por el reglamento de seguros, ya que en tu post dices que la denuncia es al Art 2.1 del R.G.V. pero yo creo que se trata de un error, ya que el Art. que citas, hace referencia al registro de todos los vehículos que debe llevar la DGT, para localizar al propietario de un coche. La infracción que mencionas, estaría comprendida en el Art 2.1.5b, del SOA, que dice: "Carecer del seguro obligatorio el vehículo reseñado para cuya conducción se exige el permiso de las clases A2, A1 o A", y la sanción marcada por la DGT, es de 700 €. Todo esto puedes verlo en la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor, aprobada por real decreto legislativo 8/2004, de 29 de octubre (BOE Nº 267 de 5 de noviembre). Espero que te sirva de ayuda. Un saludo.


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