hola soy nuevo por favor mi caso es muy raro no encuentro na

Todas aquellas denuncias por exceso de velocidad. Graves o muy Graves.
joselillo
Mensajes: 2
Registrado: Lun Feb 03, 2014 8:01 pm

hola soy nuevo por favor mi caso es muy raro no encuentro na

Mensajepor joselillo » Mié Feb 05, 2014 8:02 am

Hola, a ver si aqui por fin doy con gente que entienda de estos temas.

Mi padre me identifica como infractor de multa de radar.
Yo no tengo para pagar, ni el para prestarmelo.
Cobrare casi siempre menos del salario minimo o por ai por ai euro arriba euro abajo.

La multa son 300 o 150 en 20 dias.


Tengo 2 preguntas o 3.

1. La multa es solo para mi y no tendra que ver en el futuro con mi padre ni con su coche no?
Es decir mi padre no tendra ningun problema nunca relacionado a su coche ni a el tener que pagar mi multa si yo no la pago?

2. Con el salario minimo o incluso cobrando 700 que es raro,...., me quitarian muy poco dinero, o nada, al año,¿ verdad? ¿ o me pueden embargar la cuenta y quitarme lis 300 euros de una primera nomina que sea 600 o 640 euros
no tengo nada registrado a mi nombre, ¿pueden venir a casa de mi padre a embargar algun objeto o al ser de mi padre la vivienda y mia la multa no pueden entrar aqui de ninguna manera aunque yo viva aqui con el?

Espero vuestras respuestas.

joselillo
Mensajes: 2
Registrado: Lun Feb 03, 2014 8:01 pm

Re: hola soy nuevo por favor mi caso es muy raro no encuentro na

Mensajepor joselillo » Mié Feb 05, 2014 8:44 am

Por favor llevo preguntando porvtodas partes mucho tiempo y nadie me sabe contestar.
Este problema me quitavel sueño. Por favor a ver si hay alguien que entinda un poquito de leyes y me deje tranquilo por fin.

Avatar de Usuario
bombom
Mensajes: 134
Registrado: Dom Ene 06, 2008 11:46 am

Re: hola soy nuevo por favor mi caso es muy raro no encuentro na

Mensajepor bombom » Lun Feb 10, 2014 11:18 am

Te comento punto por punto.

1). Si, Desde la última modificación de la ley de Tráfico si el identificado no paga en vía ejecutiva el titular del coche ( en el caso de persona física ) responde solidariamente de la deuda. Aún no he visto que lo aplique nadie pero está recogido en la ley de tráfico.

2). No podrán embargarte la nómina, lo que si podrá hacer Hacienda es embargarte cuentas corrientes o la devolución de renta si tienes importe a devolver.

Saludos.


Volver a “Multas de exceso de velocidad”

¿Quién está conectado?

Usuarios navegando por este Foro: No hay usuarios registrados visitando el Foro y 1 invitado