Sanción recurrible, qué os parece a vosotros?

Javito23
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Sanción recurrible, qué os parece a vosotros?

Mensajepor Javito23 » Mar Mar 03, 2015 10:53 am

Hola,

Me ha llegado una multa del ayuntamiento de mi ciudad por "uso de movil" y es totalmente falso porque lo llevava en una mochila en la parte trasera. Tengo manos libres. No me paraon para comunicarmelo. La cuestión es que veo que para recurrirla si voy por esos derroteros utilizarán la presunción de veracidad del agente y la presunsión de culpabilidad mia pero en alla sanción recibida ocurre lo siguiente. En la sanción pone "Causas de la no notificación en el acto" : Imposibilidad de detención. Revisando la legislación que aplica :

2. No obstante, la notificación podrá efectuarse en un momento posterior siempre que se dé alguna de las siguientes circunstancias:

a) Que la denuncia se formule en circunstancias en que la detención del vehículo pueda originar un riesgo para la circulación. En este caso, el Agente deberá indicar los motivos concretos que la impiden. NO LA ESPECIFICAN POR LO TANTO RECURRIBLE Y POSIBLIDAD DE GANAR.
b) Que la denuncia se formule estando el vehículo estacionado, cuando el conductor no esté presente. NO APLICA
c) Que la autoridad sancionadora haya tenido conocimiento de los hechos a través de medios de captación y reproducción de imágenes que permitan la identificación del vehículo. NO APLICA
d) Que el agente denunciante se encuentre realizando labores de vigilancia y control de tráfico y carezca de medios para proceder a la persecución del vehículo. Letra d) del número 2 del artículo 76 introducida por el apartado veintiuno del artículo único de la Ley 6/2014, de 7 de abril, por la que se modifica el texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por el R.D. Legislativo 339/1990, de 2 de marzo («B.O.E.» 8 abril). Vigencia: 9 mayo 2014 . Como en todas las leyes, este es el punto en el cual me pueden joder ya que no deja muy claro si tiene que especificarlo o no pero a mi parecer DEBE DE EXPONER LOS MOTIVOS DE LA NO NOTIFICACIÓN EN EL ACTO RECURRIBLE Y POSIBILIDAD DE GANAR.

Muchísimas gracias a todos de antemano.

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