identificación conductor

Cuando prescribe una infracción, y la sanción?
Ha caducado el expediente, me han publicado en el BOP...
fernando99

identificación conductor

Mensajepor fernando99 » Sab Mar 11, 2006 1:11 am

Hola:

Tengo una multa de estacionamiento cometida con un vehículo que no es de mi propiedad. El propietario ya ha sido notificado y va a identificarme como conductor por iniciativa mía. Y me va a identificar correctamente con los datos todos verdaderos, eso por supuesto.

Yo quería saber qué sucede si no voy a buscar la notificación cuando me llegue. Es decir, ¿tienen la obligación de publicarme en el bop? o ¿pueden abrirle un nuevo expediente al propietario del vehículo por identificar mal al conductor ?

Gracias

Jose32

puedes hacerlo, no pasa nada

Mensajepor Jose32 » Sab Mar 11, 2006 1:26 am

La ley de Tráfico fija que si identificas al conductor y este no es válido ( datos incorrectos ) o bien no se le puede localizar no se dará por realizada la identificación, esto es lo que dice el articulado de maner llana +o -

Ahora bien si pone tu domicilio y te dejan aviso porque no estás podrán en el acuse de recibo ausente, y dejado en buzón, no pasa nada, la identificación es correcta. Otra cosa sería que devolvieran la notificación por desonocido o esta persona ya no vive aqui...

ASi que si los datos son válidos no tienes pq cojerlo.

Saludos. :wink:

fernando99

es que la notificación dice...

Mensajepor fernando99 » Sab Mar 11, 2006 1:36 am

Gracias por la respuesta.

Es que resulta que en la notificación dice que al identificar al conductor 'si la notificación no resulta posible por causa imputable al conductor identificado (o sea yo) se abrirá un nuevo expediente al que identifica'. Lo digo de memoria pero ponía algo así, y de ahí mis dudas, porque estas palabras nunca sabes cómo interpretarlas.

Pero si no pasa nada y tienen la obligación de publicarme en el bop puedo esperar para alargar los plazos.

Saludos.

fernando 99

otra duda

Mensajepor fernando 99 » Sab Mar 11, 2006 2:03 am

Con vistas a la caducidad del procedimiento, quisiera saber qué fecha es la que cuenta como de inicio de dicho procedimiento:

¿es la fecha en que empezaron a buscar al propietario del vehículo?
¿es la fecha en que le notificaron la multa?
¿o será la fecha en que me notifiquen a mí?

Gracias.

Jose32

Cuando empieza la caducidad e identificación.

Mensajepor Jose32 » Sab Mar 11, 2006 2:15 am

En referencia a la idnetificación si pones el domicilio correcto, el infractor no tiene pq firmar la notificación. Nos encontrariamos en este supuesto en una situción ilógica, ya qeu tendríamos que identificar al conductor y esperar que este firme o no se vaya de viaje cuando le llegue ladenuncia... por ello no tiene sentido. Si das la dirección correcta es lo que cuenta, ( es más ellos tienen los datos y pueden verificar lo que pones).

En segundo lugar si identicicas al conductor el plazo para la caducidad se empieza a computar desde la fecha en la Administración tiene constacia de infractor, por ello sería el día que se presenta el recurso facilitando los datos. ( asi lo ha fijado uina sentnecia del TS ).

Saludos.

fernando99

Y para la prescripción de la multa?

Mensajepor fernando99 » Mar Feb 05, 2008 5:28 pm

Y con respecto a la prescripción de la multa:

¿el período de 6 meses (falta grave) empezaría a contar el día en que he sido identificado como conductor del vehículo?

¿y ese mismo período finalizaría el día en que recibo la notificación o el día en que la envían? Porque puede ser que no me encuentren en casa

Gracias.


Última reactivación por Anonymous en Mar Feb 05, 2008 5:28 pm


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