Vereis, me ha llegado una multa del día 1 de Mayo de 2010 (En vigor la Ley antigua), el agente no notificó la denuncia en el acto por lo que la notificación me ha llegado esta semana, es decir en Julio (En vigor la nueva Ley).
Disposición transitoria primera. Procedimientos sancionadores en tramitación a la entrada en vigor de la Ley.
Los procedimientos sancionadores en tramitación a la entrada en vigor de esta Ley se seguirán rigiendo, hasta su terminación, por las normas vigentes en el momento de su iniciación, salvo que de acuerdo con lo previsto en la Disposición Final Séptima pudieran derivarse efectos más favorables referentes a la suspensión del permiso de conducción y a la pérdida de puntos...
El caso es que para mi caso es más favorable la antigua ley, pero no se cuando se considera que se ha iniciado el procedimiento sancionador:
- El día de la multa
- Cuando se notifica al dueño del vehículo que existe la multa
- Cuando se identifica al conductor del vehiculo
¿Alguien sabe cuando se considera iniciado el procedimiento sancionador?
Gracias!