Hola, el otro día me han puesto una multa por girar en una zona donde por lo visto estaba prohibido. Digo por lo visto, por que yo no ví ninguna señal y así se lo dije al guardia. Este me indicó que era una glorieta y que por tanto tenía que girar por otro sitio a la fuerza. Posteriormente comprobé que efectivamente no había ninguna señal vertical pero sí horizontal.La cuestión es que me han puesto una multa con respecto al Art. 74 apto. 1B del Reglamento de circulación, y lo he estado buscando y el 1B no existe. Existe solamente el 1. ¿ Se puede considerar un error de procedimiento y alegarlo?
Un saludo y gracias por adenaltado.
¿Es error de procedimiento?
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