multa por no llevar la proteccion reglamentaria de carga

Cualquier otro tipo de sanción que no se encuentre recogida en los temas anteriores.
german ALMORADI

multa por no llevar la proteccion reglamentaria de carga

Mensajepor german ALMORADI » Lun Abr 12, 2010 12:04 pm

TENGO UN VEHICULO MIXTO: VITO. E
EN TEORIA PUEDO LLEVAR LOS ASIENTOS PUESTOS Y LLEVAR PASAJEROS O QUITAR LOS ASIENTOS Y TRANSPORTAR CARGA.

ME HAN MULTADO, YENDO TOTALMENTE CARGADO, EN DOS OCASIONES, POR INCUMPLIR EL ARTICULO 12 APARTADO 4.2. LA SEGUNDA VEZ FUE A LA SEMANA DE LA PRIMERA MULTA. NO ME HABIA LLEGADO LA NOTIFICACION OFICIAL Y NO MA HABIA DADO TIEMPO A ENTERARME DE SI ERA CORRECTA LA MULTA O NO AL SER EL VEHICULO MIXTO.

ACABAN DE MULTARME OTRA VEZ SIN LLEVAR CARGA. TAMPOCO LLEVABA LOS ASIENTOS PUESTOS. SEGUN EL GUARDIA CIVIL, AUN ASI ME MULTABA POR NO LLEVAR LA REJA DE PROTECCION. QUIERO SABER SI HAY RECURSO POSIBLE EN ESTE CASO.

martika

Re: multa por no llevar la proteccion reglamentaria de carga

Mensajepor martika » Lun Ago 23, 2010 9:54 am

Hola, no veo si te han contestado a la pregunta.
Yo tengo una Kia Karnival y me hago la misma pregunta. Puede que al no llevarla rotulada, no me hayan parado nunca.
¿Tienes clara la legislación? Si me puedes informar, te lo agradezco.
Un saludo.

lois
Mensajes: 1136
Registrado: Mié May 19, 2010 7:42 pm

Re: multa por no llevar la proteccion reglamentaria de carga

Mensajepor lois » Vie Ago 27, 2010 6:47 pm

REGLAMENTO GENERAL DE VEHICULOS.:
aRTÍCULO 12.- OTRAS CONDICIONES.:
4.2.- Los vehículos autorizados a transportar simultameamente personas y carga, deberán estar provistos de una protección adecuada a la carga que transporten. Dichas protecciones se ajustarán a las condiciones establecidas en el anexo VI y en lla reglamentación recogida en el anexoI.

Según esto, queda claro que cuando se transporte carga, hay que instalar una protección adecuada a la misma, pero yo creo que circulando en vacío no sería necesaria dicha protección, ya que no existe nada dentro del vehículo que en caso de accidente o de frenada brusca, pudiese salir despedido contra los ocupantes, pero esto es solo una interpretación personal. Un saludo.

Invitado

Re: multa por no llevar la proteccion reglamentaria de carga

Mensajepor Invitado » Jue Dic 09, 2010 12:17 pm

Así es, pero sólo es obligatorio para los matrículados a partir de un año de la entrada en vigor del RGVeh. según la disposición transitoria 3ª, o sea, 1 de junio de 1.998.


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