multas del s.e.r.

Multas de estacionamiento y zona azul

Moderador: santander

indignado

multas del s.e.r.

Mensajepor indignado » Jue Jun 10, 2004 4:01 pm

:x Hace diez dias entro en vigor nuevas zonas del s.e.r. en Madrid. Entre las cuales se encuentra mi calle. justo enfrete de mi casa hay un garaje, el cual no han pintado rayas verdes a 15 metros por ambos lados de la puerta entrando tres coches a cada lado, y sin estorbar ni al trafico ni al paso de vehiculos. no hay ninguna señal de prohibido aparcar ni na. ayer aparque con la targeta de residente puesta y me han puesto una multa de 60€, por aparcar en interseccion o a menos de diez metros del punto de confluencia del borde de las calzadas. no hay ninguna calle ni nada, solo la entrada de garaje. Puedo recurrir esta multa, o es peor el remedio que la enfermedad. Gracias.

yukacris

Re: multas del s.e.r.

Mensajepor yukacris » Jue Jun 10, 2004 8:53 pm

Buenas:
Yo recurriria diciendo que demustren con pruebas que estabas incorrectamente aparcado, es la administracion la que tiene que demostrar tu culpabilidad no tu demostrar tu inocencia.



indignado escribió::x Hace diez dias entro en vigor nuevas zonas del s.e.r. en Madrid. Entre las cuales se encuentra mi calle. justo enfrete de mi casa hay un garaje, el cual no han pintado rayas verdes a 15 metros por ambos lados de la puerta entrando tres coches a cada lado, y sin estorbar ni al trafico ni al paso de vehiculos. no hay ninguna señal de prohibido aparcar ni na. ayer aparque con la targeta de residente puesta y me han puesto una multa de 60€, por aparcar en interseccion o a menos de diez metros del punto de confluencia del borde de las calzadas. no hay ninguna calle ni nada, solo la entrada de garaje. Puedo recurrir esta multa, o es peor el remedio que la enfermedad. Gracias.

Invitado

Re: multas del s.e.r.

Mensajepor Invitado » Lun Jun 14, 2004 3:19 am

yukacris escribió:Buenas:
Yo recurriria diciendo que demustren con pruebas que estabas incorrectamente aparcado, es la administracion la que tiene que demostrar tu culpabilidad no tu demostrar tu inocencia.



indignado escribió::x Hace diez dias entro en vigor nuevas zonas del s.e.r. en Madrid. Entre las cuales se encuentra mi calle. justo enfrete de mi casa hay un garaje, el cual no han pintado rayas verdes a 15 metros por ambos lados de la puerta entrando tres coches a cada lado, y sin estorbar ni al trafico ni al paso de vehiculos. no hay ninguna señal de prohibido aparcar ni na. ayer aparque con la targeta de residente puesta y me han puesto una multa de 60€, por aparcar en interseccion o a menos de diez metros del punto de confluencia del borde de las calzadas. no hay ninguna calle ni nada, solo la entrada de garaje. Puedo recurrir esta multa, o es peor el remedio que la enfermedad. Gracias.


Artículo 137-3º de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común:
"Los hechos constatados por funcionario a los que se reconoce la condición de autoridad y que se formalice en documento público (denuncia) observando los requisitos legales pertinenetes, tendrán valor probatorio sin perjuicio de las pruebas que en defensa de los respectivos derechos o intereses puedan aportar o señalar los propios administrados."

Artículo 14 del R.D. 320/1994, de 25 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento del Procedimiento Sancionador en materia de tráfico:
Las denuncias efectuadas por los agentes de la autoridad encargados de la vigilancia del tráfico tendrán valor probatorio respecto de los hechos denunciados, sin perjuicio del deber de aquellos de aportar todos los elementos probatorios que sean posibles sobre el hecho denunciado y de las pruebas que en defensa de los intereses que puedan señalar o aportar los propios denunciados."

De todo esto se desprende que se invierte la carga de la prueba al administrado, es así y es legal y constitucional, por que no se lesiona ningún derecho del ciudadano, para mayor abundamiento no hay sentencia del TC o TS que haya modificado, rectificado o anulado lo anterior y lo que la Ley no prohibe es legal.
Lo de "...aportar todos los elementos probatorios..." no quiere decir que el agente tenga que hacer una fotografía de cada infracción que observe, simplemente con redactar de forma clara la denuncia, explicando debidamente en que consiste la infracción cometida vale y cumpliendo don todos los requisitos legales, y de esto SI hay abundante jusrispridencia.

Indignado efectivamente puedes recurrirla basándote en la inexistencia de señalización para poder parar o estacionar.
Desconozco la ordenanza municipal, pero el Reglamento General de Circulación no determina ninguna zona en la que no se pueda parar o estacionar a menos de X metros de una esquina. Posiblemente el agente que te denunció considerará interesección la salida del garaje, pero no es así, el RGC lo considera entrada o salida de inmuebles.
Compruba que el lugar donde se cometió la presunta infracción corresponde con la que se hizo constar en la denuncia.

INDIGNADO

Mensajepor INDIGNADO » Lun Jun 14, 2004 8:16 pm

muchas gracias yukacris. voy a recurrirla haber que me dicen

INDIGNADO

Mensajepor INDIGNADO » Lun Jun 14, 2004 8:17 pm

muchas gracias yukacris. voy a recurrirla haber que me dicen

finito

Mensajepor finito » Sab Jun 19, 2004 12:52 pm

yukakis no tienes ni zorra idea para dar esos consejos mejor tate calladito hombre, que cojoones va a tener qu demostrar el agente denunciante??? que quieres que vayan echando fotos? si es que esto de ser gratis opinar...

Invitado

Mensajepor Invitado » Lun Jun 21, 2004 3:19 pm

Indignado, te voy a dar un consejo, si quieres lo tomas, si no lo dejas.
PAGA la denuncia antes de que te notifiquen nada si te quieres ahorrar un 30 %, SI RECURRES LA DENUNCIA lo que vas a conseguir es que no puedas acogerte al descuento, ya que con la resolución del recurso ya dictan resolución sancionadora, con lo cual NO PODRÃ


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