Buenas. En primer lugar, presentarme y daros las gracias por este foro. Bicheando por la red, encontré este foro que desconocía y que me parece un foro muy bueno para atender las diferentes dudas de los conductores.
Vamos al grano. Tengo una duda. Me pusieron una multa en una zona azul, por no haber puesto ticket, la verdad es que ni me percaté de que había allí zona azul, el día 21/10/2014 y la multa me ha llegado el día 21/01/2015. Si no me equivoco, me ha llegado un día después de transcurrir los tres meses en los cuales se me tiene que comunicar dicha multa. Así que mi pregunta es si está fuera de plazo y recurrir. un saludo y gracias de antemano
multa fuera de plazo?
Moderador: santander
Re: multa fuera de plazo?
Artículo 18. Prescripción.
1. El plazo de prescripción de las infracciones previstas en el texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial será el de tres meses para las infracciones leves, seis meses para las infracciones graves, y un año para las infracciones muy graves y para las infracciones previstas en el artículo 67.2 de dicho texto articulado.
El plazo de prescripción se cuenta a partir del día en que los hechos se hubieran cometido. La prescripción se interrumpe por cualquier actuación administrativa de la que tenga conocimiento el denunciado o esté encaminada a averiguar su identidad o domicilio y se practiquen con proyección externa a la dependencia en que se origine. También se interrumpe la prescripción por la notificación efectuada de acuerdo con lo establecido en el artículo 78 del texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial. La prescripción se reanuda si el procedimiento se paraliza durante más de un mes por causa no imputable al denunciado.
1. El plazo de prescripción de las infracciones previstas en el texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial será el de tres meses para las infracciones leves, seis meses para las infracciones graves, y un año para las infracciones muy graves y para las infracciones previstas en el artículo 67.2 de dicho texto articulado.
El plazo de prescripción se cuenta a partir del día en que los hechos se hubieran cometido. La prescripción se interrumpe por cualquier actuación administrativa de la que tenga conocimiento el denunciado o esté encaminada a averiguar su identidad o domicilio y se practiquen con proyección externa a la dependencia en que se origine. También se interrumpe la prescripción por la notificación efectuada de acuerdo con lo establecido en el artículo 78 del texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial. La prescripción se reanuda si el procedimiento se paraliza durante más de un mes por causa no imputable al denunciado.
Re: multa fuera de plazo?
del 21 del 10 al 21 del 1/ 2015 hay justos 3 meses. Al menos así lo entiendo yo , porque en los meses de cuenta de fecha a fecha.
Re: multa fuera de plazo?
Ok. Muchas gracias por tu respuesta. Tendré que pagar los 35 loros..., si lo sé... recojo la carta un día más tarde... que rabia!!!
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